GUERRA DE ALMAS
La esperanza en la Cruz: ancla del alma Ley Orgánica del Estado de Alarma de 1981 / Artículo séptimo: “ A los efectos del estado de alarma la Autoridad competente será el Gobierno o, por delegación de éste, el Presidente de la Comunidad Autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una Comunidad .” El Real Decreto de Alarma, de octubre del año pasado, fija que tenemos veinte –y no una- Autoridades Competentes, lo cual supone la abolición de facto de la legalidad vigente, porque la norma transgresora fue presentada por el Ejecutivo, aprobada por Las Cortes, avalada por el Poder Judicial y firmada por el Rey; y habiendo sido bendecida también por el cuarto poder, que silenció su ilegalidad, tan sólo falta que el pueblo español la ratifique, lo cual sucederá si tienen lugar las elecciones del 4 de mayo con normalidad. Por lo que vamos viendo, está claro que la Disolución de la Asamblea de Mad